Información para alumnos egresados

Trámites para la obtención del diploma universitario de grado

  • ARTICULO 1°.- El alumno que haya cumplimentado a las exigencias académicas del respectivo Plan de Estudio de la Carrera que cursa, deberá solicitar al Departamento de Estudio (Alumnado ), la constancia de egreso que será expedida al solo efecto de abonar la correspondiente tasa, en la Tesorería General de la Universidad o en el lugar y forma establecida por cada una de las Facultades Institutos y Carreras de la Universidad.
  • ARTICULO 2°.- El Departamento de Estudio (Alumnado) para extender la constancia de egreso deberá verificar previamente la situación en la ficha individual del alumno, y deberá proveer la siguiente documentación:
    • Libre deuda de la Biblioteca Central de la U.N.N.E.
    • Libre deuda de la Biblioteca de la respectiva Facultad Instituto o Carrera.
    • Formulario de tramitación de Diploma.
  • ARTICULO 3°.- El recurrente deberá abonar los estampillados fiscales para iniciar la tramitación de la expedición del diploma.
  • ARTICULO 4°.- Una vez abonadas las tasas y los estampillados fiscales, los interesados deberán cumplimentar en el Departamento de Estudio el formulario de Tramitación de Diploma que figura en el ANEXO 1 de la presente Resolución, elevarlo al Decano o director a través de M.E.S.A. de su respectiva Facultad, Instituto o Carrera; acompañando la siguiente documentación:
    Factura original del arancel abonado:

    • Estampillado correspondiente.
    • Libre deuda de Biblioteca Central de la U.N.N.E.
    • Libre Deuda de Biblioteca de su respectiva Facultad Instituto o Carrera.
    • Dos Fotos de Frente, 4 x 4 cm. Tipo carnet.
    • Fotocopia del D.N.I. (primera y segunda hoja). En caso de tener en tramite el mismo, deberá presentar: Fotocopia de partida de nacimiento; Fotocopia de Cédula de Identidad y constancia de tener en tramite el D.N.I., todas debidamente certificadas. En caso de extranjeros deberán presentar Fotocopia del Pasaporte y del Documento de Identidad de su país.
  • ARTICULO 5°. – Cumplimentado el trámite establecido en el Artículo anterior, el Decano remitirá toda la documentación al Departamento de Estudio (Alumnado), a efectos de verificar y conformar la documentación enviada por el interesado.