Secretaría de Investigación: LA INVESTIGACIÓN EN LA FAU
La investigación es junto a la docencia y la extensión una las funciones fundamentales de la Universidad. Sus actividades en la facultad de arquitectura están enmarcadas por la Universidad Nacional del Nordeste y su fin primordial es la creación de conocimientos relevantes a las necesidades regionales, como lo establece el Artículo 1° del Estatuto de la UNNE.
Si bien la investigación es inherente a la actividad de todo docente, en términos específicos es función obligatoria de los docentes acogidos al régimen de mayores dedicaciones, en particular, de los docentes con dedicación exclusiva. Progresivamente, en los últimos años, la UNNE fue creando el marco institucional para el desarrollo de la Carrera del Docente Investigador.
La Resolución del Consejo Superior de la Universidad N° 956 de2009, que creó la Ordenanza de Carrera Docente y la Resolución complementaria Nº 885 de 2011, que modificó el TITULO IV de dicha ordenanza, establece el actual marco regulatorio para los docentes investigadores.
La Resolución N° 885 CS, fija entre sus contenidos la carga horaria de los cargos de mayor dedicación y el objeto de las mismas.Estableceque: “Las mayores dedicacionesdel Personal Docente tendrán como objeto esencial promover el desarrollo de ladocencia, la investigación, el desarrollo y transferencia y la extensión”.
También establece que “las dedicaciones exclusivas se otorgarán para el desarrollo de actividadesde: docencia e investigación o desarrollo y transferencia; y extensión, debiendorespetar los siguientes parámetros: como mínimo diez (10) hs para actividadesde docencia y veinte (20) hs para actividades de investigación o de desarrollo y transferencia.”
El Plan de Trabajo para actividades de investigación de cada docente debe estar inserto enel marco de un Proyecto de Investigación acreditado por organismo competente (Universidad Nacional, ANPCYT, CONICET, entre otros).
El Plan de Trabajo para actividades de desarrollo y transferencia tecnológica de cada docente debe realizarse asolicitud de instituciones o empresas del medio, debidamente documentadas y plasmadas en convenios de cooperación aprobados.
Y el Plan de Trabajo para actividades de extensión de cada docente debe hallarse insertosen el marco de proyectos o programas institucionales de extensión acreditados.
Esta Resolución también establece que las evaluaciones de las actividades de los docentes con mayores dedicaciones se realizarán mediante informes parciales y finales cada 2 (dos) años y para su aprobación define los requisitos mínimos que deberán cumplimentar por período informado,debiendo ser rechazadosaquellos que no cumplimenten estas exigencias.
Información. Secretaria de Investigación:
- seinv@arq.unne.edu.ar
- Tel +54 0362 4420088 Int. 131