RESISTENCIA, 25 de marzo de 2020
RESOLUCIÓN Nº 099
VISTO
Las medidas adoptadas en el marco de la emergencia sanitaria nacional y el inicio del dictado de las clases a distancia de las asignaturas de las carreras de la FAU; y
CONSIDERANDO
Que, por razón del cierre total de la Facultad, en cumplimiento de la cuarentana obligatoria dispuesta por el Gobierno Nacional, se ha visto dificultada la culminación de diversos trámites, como ser la carga de actas de exámenes, recuperatorios, readmisiones de alumnos, como así también la culminación de la mesa de examen del mes de marzo, entre otros.
Que la situación enunciada anteriormente afecta el cumplimiento del régimen de correlativas vigente de las carreras de Arquitectura y Diseño Gráfico, imposibilitando la inscripción de alumnos para el cursado de las respectivas asignaturas;
Que en virtud de las situaciones extraordinarias que se presentan, es necesario adoptar medidas que posibiliten a los alumnos continuar con sus estudios;
Que mediante resolución Nº 097/20DARCD se suspende la aplicación de plazos administrativos hasta el 31/03/2020;
Las atribuciones conferidas al suscripto;
POR ELLO:
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARQUITECTURA Y URBANISMO AD REFERÉNDUM DEL H. CONSEJO DIRECTIVO RESUELVE
Artículo 1º. HABILITAR extraordinariamente la inscripción provisoria para cursar asignaturas de las carreras de Arquitectura y Diseño Gráfico, conforme a los considerandos expuestos en la presente, de alumnos que no se encuadren en el sistema de correlativas vigente de las carreras, conforme a las siguientes pautas:
a) Los estudiantes que tienen asignaturas promocionales aprobadas por recuperatorio, cuyas actas aún no alcanzaron a cargarse al sistema.
b) Los que adeudan hasta una asignatura de carácter no promocional.
Artículo 2º. ESTABLECER una mesa de examen extraordinaria para el mes de abril del corriente, para aquellos alumnos que se encuentran contemplados en el inciso b) del artículo precedente, y en caso de continuar la emergencia sanitaria se extenderá la excepción hasta las mesas de exámenes del turno de mayo, o cuando estas puedan sustanciarse.
Artículo 3º. ENCOMENDAR a las Secretarías Académicas, de Asuntos Estudiantiles y de Desarrollo y Dirección de Carreras a adoptar las medidas necesarias para dar cumplimiento a las medidas resueltas.
Artículo 4º. REGÍSTRESE; comuníquese y archívese.