CONSIDERANDO:
Que las resoluciones citadas fueron dictadas en el marco de la Emergencia Sanitaria Nacional en concordancia con las medidas adoptadas por el Gobierno Nacional;
Que estas acciones tiene como principal objetivo evitar la diseminación de la enfermedad para la protección de los miembros de la comunidad académica como así también de toda la población;
Las atribuciones conferidas al suscripto;
POR ELLO:
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARQUITECTURA Y URBANISMO AD-REFERENDUM DEL H. CONSEJO DIRECTIVO RESUELVE:
Artículo 1º: ADHERIR a las resoluciones Nº 854/20 y 855/20 dictadas por la Rectora de la UNNE ad-referéndum del Consejo Superior.-
Artículo 2º: SUSPENDER la atención al público, las actividades presenciales de alumnos de las carreras de grado y posgrado; como también el ingreso de todo tipo de trámite administrativo, con excepción de aquellas diligencias urgentes cuya demora pudiera tornarlas ineficaces u originar perjuicios evidentes a terceros o a la Universidad, que tengan vencimientos entre el 16 al 31 de marzo del corriente año o con plazos perentorios, en el ámbito de esta Facultad y por el período comprendido entre el 16 al 31 de marzo de 2020.
Artículo 3º: SUSPENDER los plazos administrativos durante la vigencia de lo dispuesto por el Artículo anterior.
Artículo 4º: DISPONER que las Secretarías; Institutos, Departamentos y Direcciones Administrativas implementen las medidas necesarias para disminuir al mínimo la presencia de los agentes docentes, no docentes, investigadores a aquellos indispensables para el adecuado funcionamiento del la respectiva área. Los agentes que no se encuentren comprendidos en los grupos de riesgo y poblaciones vulnerables quedarán a disposición de la autoridad en caso de ser convocados a prestar servicios para alguna actividad crítica o de prestación de servicios urgentes.
Artículo 5º: ESTABLECER que la Facultad de Arquitectura y Urbanismo funcionará en horario reducido de 08:30 a 12:00 y de 15:30 a 18:30 hs.