(Res. N°064/064/95 c.s.)
La Universidad Nacional del Nordeste otorgará BECAS CON PRESTACIÓN EFECTIVA DE SERVICIOS a los estudiantes que cursan regularmente las carreras de grado que se dictan en sus Facultades o Institutos y que cumplan con los requisitos y condiciones que se especifican en la presente.
Objetivo de la Beca:
Las BECAS CON PRESTACION EFECTIVA DE SERVICIOS tienen como objetivo mejorar el nivel de formación académica, humana y técnica de los futuros egresados, actuando para ello del siguiente modo:
Permitiendo al becario afianzar sus conocimientos mediante la realización de labores creativas.
Contribuyendo a cubrir necesidades reales de la Universidad, con la prestación efectiva de servicios hacia la comunidad.
Monto y Cantidad:
Una vez establecido el monto total destinado a estas becas, la Secretaría General de Asuntos Sociales elevará su propuesta al Consejo Superior de la cantidad de Becas a otorgarse y la suma individual que corresponde a cada una de ellas.
Otorgamiento:
Las Becas serán otorgadas por el Consejo Superior a propuesta de la Comisión Central de Becas, previo análisis de las sugerencias de la Subcomisión de Becas de cada Facultad o Instituto.
Inscripción:
- Las solicitudes serán recibidas por las Subcomisiones de Becas de las Facultades o Institutos, que comenzarán sus actividades una vez iniciadas las inscripciones ajustándose a lo siguiente:
- Las Subcomisiones, finalizado el período de inscripción, tendrán una semana para evaluar las solicitudes.
- A partir de la exhibición, los estudiantes tendrán una semana para efectuar los reclamos y/o impugnación ante la Subcomisión respectiva.
- La semana siguiente al cese del período de impugnación, las Subcomisiones deberán tener resueltas las cuestiones planteadas y exhibir las listas provisorias finales (titulares y suplentes en orden de mérito sugerido) y remitir a la Comisión Central de Becas, para la intervención que le compete a la misma, con toda la documentación probatoria: recibo de sueldo y/o declaración jurada de ingresos, recibo de alquiler y fotocopia de la ficha de alumno o constancia de rendimiento académico.
- Las Subcomisiones de Becas de las Facultades podrán, si lo consideran necesario, abrir un segundo período de inscripción en el mes de agosto con la finalidad de completar la lista de postulantes titulares y/o suplentes. Los plazos para la evaluación, exhibición y período de impugnación estarán en todo de acuerdo con lo establecido en los apartados a) , b) , c) y d) del presente artículo.
Solicitud de Inscripción:
En la solicitud de inscripción deberán constar:
- Datos personales y académicos del aspirante.
- Declaración jurada del estado patrimonial y económico del solicitante.
- Plan de actividades académicas que propone desarrollar.
- Fotocopia de la Ficha de Alumno o constancia de asignaturas aprobadas y desaprobadas, con promedio
Plan de Trabajo:
Este deberá desarrollarse en una cátedra, asignatura, área, laboratorio, taller o en cualquier otro lugar o dependencia que a consideración de las Autoridades de las Facultades o Institutos, tenga relevancia para la Universidad o sea de utilidad para la comunidad.
En el Plan de Trabajo se deberá detallar:
a) Fundamentación – Objetivos.
b) Actividades a desarrollar
c) Disponibilidades horarias del aspirante relacionadas con sus compromisos académicos, no se podrá exceder las doce (12) horas semanales en la realización de las actividades. Dicho Plan deberá ser avalado por el Docente Director y además tendrá que contar con la conformidad del decano de la Facultad o el Director del Instituto.
Duración de la Beca:
El tiempo de duración de la Beca no podrá exceder los ocho (8) meses.
Obligaciones del Becario:
El beneficiario de la Beca tendrá la obligación de:
- Cumplir con el Plan de Trabajo propuesto y comunicar toda modificación que se produzca con respecto a lo manifestado en la solicitud de inscripción.
- Trimestralmente presentara a la Subcomisión de Becas de la Facultad un informe de actividades con el aval del Docente Director. La Subcomisión evaluará dicho informe y en caso de resultar negativo enviara a la Comisión Central la que resolverá acerca de la continuidad o cancelación de la Beca.
Elaborar un informe final, avalado por el docente Director, que deberá contener información sobre todo lo realizado y los objetivos cumplidos. A dicho informe se deberá adjuntar una Constancia de asignaturas aprobadas y regularizadas durante el tiempo de duración de la Beca. Esta documentación será evaluada por la Subcomisión de Becas y remitida a la Secretaría General de Asuntos Sociales para su conocimiento.
Obligaciones del Director:
El Docente Director deberá realizar el seguimiento del Plan de Trabajo y tendrá las siguientes obligaciones:
- Controlar el cumplimiento de las actividades previstas en el Plan, por el becario a su cargo.
- Mantener entrevistas periódicas con los responsables de la dependencia donde se desempeña el becario, a los efectos de lograr una evaluación de las actividades realizadas.
- Efectuar un informe trimestral donde emitirá opinión sobre el cumplimiento de las labores programadas y de toda otra actividad desarrollada. Este informe deberá ser presentado a la Subcomisión de Becas de la Facultad.
- Elevar el informe final del becario a la Subcomisión de Becas de la Facultad.Pérdida de la Beca:
Los Becarios dejarán de gozar del beneficio aunque no se haya cumplido el plazo: - Cuando exista informe desfavorable del Director de la Beca , debidamente fundamentado. La Comisión Central de Becas, después de analizar el mismo, dictaminara sugiriendo al Consejo Superior, quien resolverá en definitiva.
- Cuando se comprobare que el becario obtuvo el beneficio mediante información falsa.
Consultas:
Secretaría de Asuntos Estudiantiles: E-mail: secaes@arq.unne.edu.ar