CÁRCELES DE MÁXIMA SEGURIDAD EN BRASIL: UN ESTUDIO SOBRE LA PÉRDIDA DE POTENCIALIDADES TERRITORIALES URBANAS
Resumen
El artículo examina la interacción entre las prisiones de máxima seguridad y sus entornos en Brasil, así como las repercusiones en la planificación urbana y las interacciones regionales. La metodología se centra en el análisis de las seis prisiones de máxima seguridad brasileñas y sus contextos. El estudio utiliza una revisión bibliográfica, y un análisis de localización para evaluar su influencia en los sectores urbanos y los vectores de atracción producidos por dichas estructuras. Los resultados revelan una homogeneidad entre los casos analizados en términos de impacto urbano y regional, una sugerencia de posibles similitudes en ciudades latinoamericanas, la creación de áreas con reducida calidad urbanística y paisajística y la inexistencia de políticas públicas territoriales y estratégicas. Ante todo, el escenario sugiere una irremediable pérdida de oportunidades territoriales.
Palabras clave
prisiones y espacio urbano; prisiones brasileñas; prisiones de máxima seguridad; geografía carcelaria.
Abstract
BRAZILIAN MAXIMUM SECURITY PRISONS: A STUDY ABOUT THE MISUSE OF URBAN TERRITORIAL POTENTIALITIES
The article examines the interaction between maximum security prisons and their surroundings in Brazil, as well as the repercussions on urban planning and regional interactions. The methodology focuses on the analysis of the six Brazilian maximum-security prisons and their contexts. The study uses a bibliographic review and a location analysis to evaluate their influence on urban sectors and the attraction vectors produced by these structures. The results reveal a homogeneity among the analysed cases in terms of urban and regional impact, a suggestion for possible Latin American similarities, the creation of areas with reduced urbanistic and landscape quality, and the non-existence of territorial and strategic public policies. Above all, the scenario suggests an irremediable loss of territorial opportunities.
Keywords
prison and urban space; brazilian prisons; maximum security prisons; carceral geography.
Resumo
PRESÍDIOS BRASILEIROS DE SEGURANÇA MÁXIMA: UM ESTUDO SOBRE A PERDA DE POTENCIALIDADES TERRITORIAIS URBANAS
O artigo examina a interação entre as prisões de segurança máxima e seus entornos no Brasil, bem como as repercussões no planejamento urbano e nas interações regionais. A metodologia centra-se na análise das seis prisões de segurança máxima brasileiras e seus contextos. O estudo utiliza uma revisão bibliográfica e uma análise de localização para avaliar sua influência nos setores urbanos e nos vetores de atração produzidos por tais estruturas. Os resultados revelam uma homogeneidade entre os casos analisados em termos de impacto urbano e regional, uma sugestão para possíveis similaridades latino-americanas, a criação de áreas com reduzida qualidade urbanística e paisagística, e a inexistência de políticas públicas territoriais e estratégicas. Acima de tudo, o cenário sugere uma irremediável perda de oportunidades territoriais.
Palavras-chave
prisões e espaço urbano; prisões brasileiras; prisões de segurança máxima; geografia carcerária.
https://doi.org/10.30972/crn.43439255
INTRODUCCIÓN
Según la literatura sobre estudios urbanos, los espacios construidos y apropiados de las ciudades brasileñas tienden más a la segregación social y territorial que a la integración. Este fenómeno se define por fronteras visibles e invisibles, resultando en zonas estigmatizadas y aisladas. En este contexto, nuestra investigación se centra en un Estado con recursos escasos, políticas sociales aún en construcción y fragilidad en el uso del espacio urbano. La evidencia de esta realidad justifica su elección como objeto de interés científico: “It is only logical that researchers should focus on understanding the different facets, dimensions and complexities of the patterns and processes that underlie urban inequalities1” (Barros et al., 2024). Por nuestra parte, en un ambiente de escasez investigativa, añadimos otro interés: el de discutir el potencial territorial perdido debido a las políticas públicas frágiles. Esas potencialidades territoriales van en convergencia con la capacidad de los gobiernos para regular el uso del suelo y, sobre todo, a partir del gran volumen de tierras que poseen (Floris, 2024). Por detrás de las posibles potencialidades, tenemos el rechazo de una relación binaria entre un mundo interno y otro externo a la prisión. Por el contrario, se tiene la certeza de que los límites de una estructura carcelaria son porosos y que se materializan de múltiples formas más allá de sus márgenes (Moran et al., 2025).
Esa fluidez entre el espacio interno de la prisión y su entorno urbano puede ser observada, por lo menos, a través de dos formas de comunicación. La primera se refiere a la llamada «prisionización», con la reproducción del modo de vida de los encarcelados a sus familiares, quienes asimilan prácticas en su vida diaria, según lo observado por Clemmer (1958). La segunda, con el intento de mantener los lazos familiares y de disminuir los gastos en el proceso de visita al recluso, se implementa la “prisionización secundaria”, definida por Comfort (2003). Esta se refiere a la eventual ocupación de edificios o formación de nuevos asentamientos urbanos, en algunas ciudades, de forma irregular, por familias de los presos alrededor de los complejos penitenciarios. En este punto, podemos también hacer una relación con el clásico estudio de Norbert Elias y Scotson (2008, primera edición 1965) en el que ellos describen los antagonismos entre los habitantes de un barrio antiguo, los “establecidos”, y los que llegan más recientemente, los “outsiders”: los primeros intentando imponerse como dueños tradicionales de la ciudad, los otros estigmatizados y vistos como problema.
Un equipamiento penal, en general, demarca y reitera hostilidades, ya sea por la especificidad de su uso, por el aislamiento que se requiere o por la concentración de personas usuarias y visitantes que genera. Su capacidad de atracción lo coloca en la categoría de polos generadores de tráfico al atraer flujos de funcionarios, de familiares, de vehículos de transporte colectivo y/o privados, vehículos de carga y descarga de mercancías o productos para la subsistencia del equipamiento carcelario, y de vehículos policiales destinados al traslado de presos hacia y desde los establecimientos penitenciarios en circunstancias excepcionales.
Este tráfico exige vías que garanticen fácil acceso, con puntos de embarque y desembarque de transporte colectivo, con dimensiones adecuadas para la circulación de vehículos; exigencias urbanas no siempre disponibles en áreas de expansión, conforme a lo determinado por las normas de seguridad y funcionamiento de prisiones de máxima seguridad. Estas exigencias urbanísticas y de localización confirman un perfil específico de las estructuras carcelarias, especialmente las de máxima seguridad, que se organizan en el espacio urbano y regional contemplando las legislaciones específicas. La justificación de tales especificidades tiene como propósito la seguridad pública y la operatividad tanto para los usuarios como para los entornos urbanos inmediatos y regionales que crean.
Este artículo reconoce las críticas y dudas en cuanto a los resultados sociales de ellas (van Ginneken y Palmen, 2022), sus costos y las condiciones humanas operativas (Altobelli et al, 2024). Sin embargo, su objetivo es discutir la relación entre estas estructuras y sus contextos. Para ello, además de una revisión teórica inicial, se fundamenta en un estudio sobre la ocupación espacial para el conjunto de prisiones de máxima seguridad en Brasil. Otros niveles de seguridad implican diferentes relaciones espaciales; la opción de este artículo se justifica por la exacerbación de los procedimientos constructivos, de inserción urbana y de vecindad que esta tipología exige.
La importancia de la ubicación de las prisiones, más allá de la atención a las legislaciones urbanísticas y ambientales, refleja el nivel de seguridad y perfil que se busca: categoría criminal de los infractores, tipología funcional, como agrícola, industrial, de servicios, temporaria o para presos juzgados, femenina o masculina. Salvo para la atención de directrices más recientes de inclusión social, el presidio se instala en áreas de baja densidad demográfica o incluso aisladas y alejadas de manchas urbanas. Los costos del terreno se superponen a esos perfiles. Altmann Smythe (1970), en un estudio referencial sobre la arquitectura de las estructuras carcelarias en América Latina, define como recomendable la instalación de prisiones bien sea en el interior de la trama urbana o distante de ella, dependiendo de algunas características. Para el primer caso, se justifica para evitar las fugas durante el traslado de los presos a los tribunales, reducir los gastos con esos traslados, asegurar la prontitud de la asistencia al detenido por su abogado, así como el contacto directo con su círculo de relaciones personales. Por el contrario, las prisiones distantes de la trama urbana se justifican cuando el aislamiento es justamente el interés mayor para garantizar el control de fugas.
Para el caso de interés de este artículo vale el entendimiento de Sánchez-Vega (2023) que afirma que los países latinoamericanos tienen razones específicas para la implantación de estructuras de máxima seguridad distintas de las mayores referencias globales como las de Estados Unidos y Europa. La especificidad para el continente latinoamericano está en una posible generalización en términos históricos, relacionada con la violencia política, la guerrilla y el empoderamiento de los carteles de finales de los años 1980 (Ultramari et al., 2025).
Para la realidad local, aquello que en un primer momento puede parecer algo evitable –como la convivencia de presos en régimen semiabierto– puede transformarse en un aspecto positivo y requerido por los municipios. Es el caso de Charqueadas/RS, Brasil, por ejemplo, conocida como la ciudad de las prisiones por concentrar aproximadamente cinco mil presos frente a una población que no llega a los 40 mil habitantes (IBGE, 2022), por lo tanto, la oferta de tierras urbanas para ese uso resulta de interés explícito para sus gobiernos municipales. En ese sentido, las estadísticas para el caso de Rio Grande del Sur no confirman un incremento de crímenes en municipios que reciben estructuras carcelarias (Secretaria de justiça e sistemas penales e socioeducativo, 2022). Al mismo tiempo, se reconoce que la implantación de estas estructuras dinamiza el mercado inmobiliario, la economía local y la llegada de un contingente de funcionarios concursados con salarios por encima de la media local. Un estudio del periódico Folha de São Paulo (2003) confirma el interés de algunos municipios paulistas en recibir unidades carcelarias, creyendo que estas generan prosperidad económica y empleos, ofreciendo al Gobierno estatal terrenos y facilidades burocráticas.
Estudios realizados por Tenório Filho y Cordeiro Lima (2018) para el caso de un presidio en la ciudad de Arapiraca/AL, Brasil, revelan una situación contraria, destacando el sentido común entre la población, que minimiza la importancia de recursos destinados por el municipio cuando se implementan prisiones. Específicamente, este caso se refiere al conflicto generado por la vecindad de la prisión Desembargador Luiz de Oliveira Souza con el campus de la Universidad Estadual do Alagoas. Eventos puntuales, motines y finalmente la invasión del campus por presos fugados movilizaron la opinión pública y desencadenaron la reversión de la convivencia inicialmente pensada como posible. Así, a partir de demandas de la comunidad local y universitaria, el bloqueo fue “solucionado” con la desactivación de la unidad carcelaria, construcción de una nueva prisión fuera de la mancha urbana del municipio y préstamo del terreno y de la edificación a la universidad. Tenório Filho y Cordeiro Lima (2018) toman ejemplos como este para cuestionar soluciones en las que el aislamiento en el espacio urbano sea la política pública más adecuada; al contrario, revelan una gestión urbana aún no preparada para recibir tales estructuras carcelarias. La falta de previsión de estudios de impacto específicos o incluso la inexistencia de parámetros mínimos en la legislación y en los planes urbanos no contribuyen a la solución ni tampoco permiten que el municipio se apropie de los eventuales y potenciales beneficios de implementar tales estructuras.
De otra parte, la elección de los terrenos y la posterior implantación de grandes estructuras de prisiones amplifican el clásico concepto de Marc Augé (1995, original en francés de 1992) de los no-lugares, pudiendo añadir aún más fragilidad identitaria a las ciudades o a los sectores urbanos que los contienen. Estos compartimentos serían, pues, utilizados de modo no urbano y limitados a lo propuesto a su interior, sugiriendo que son, conforme a expresiones comunes en la obra de Koolhas et al. (1995), fragmentados, dispersos y, al atraer otras actividades y edificaciones con perfiles similares, junked spaces.
La prevalencia de impactos negativos cuando se implantan estructuras carcelarias en los municipios brasileños puede también encontrarse en un estudio con perspectiva regional en el estado de São Paulo, elaborado por Ferreira (2017). Esta investigación confirma el dualismo entre la existencia de un gran debate a nivel municipal sobre la instalación de una prisión y la reducida producción académica sobre el mismo fenómeno. Así, más allá de aquello que los estudios de impacto socioambiental tradicionalmente revelan, la investigación confirma la importancia de estudiar, por ejemplo, la difícil relación de los municipios con los familiares y visitantes de los presos, así como la propagación de enfermedades no comunes en el municipio.
Combessie (2002) reitera esta situación. En su estudio sobre la relación entre ciudad y prisión, reconoce la existencia de tensiones entre ambos, sin embargo, sugiere que estas se instauran mucho menos por la ambigüedad ahí existente que por la reducida intención de buscar nuevas formas de convivencia. El mismo autor, Combessie (2002), demarca el surgimiento de las prisiones en el espacio urbano como la confirmación explícita de una convivencia no deseada. A lo largo de la historia, de hecho, son evidentes las señales de que, con la progresiva complejidad urbana y el aburguesamiento de algunas de sus partes, el Estado se obliga a implantar prisiones en áreas distantes de aquellas que son más valorizadas. Para el caso de París, el autor recuerda que, para la construcción de la Exposición Universal de 1900, la alcaldía de la ciudad promovió la remoción de las prisiones y el mejoramiento de sus áreas vecinas: “La réalisation du programme [aura] l’avantage de doter les quartiers qui avoisinent les prisons supprimées […] d’une plus heureuse physionomie2”. (Préfecture du Département de la Seine, 1985, apud Combessie, 2002). Tal comprensión remite a otra, la de que estructuras carcelarias y ciudades se articulan intensamente. Para Moran (2011), en la demarcación entre la prisión y el mundo externo que las envuelve puede parecer que sus muros sean impenetrables, sin embargo, configuran diálogos verdaderamente porosos. Refiriéndose a Combessie (1998) una vez más, estaría ahí, en el encuentro de lo interno y externo, lo que el autor llama “perímetro sensible”, una tierra de nadie, un perímetro material, pero también simbólico, el cual esconde la realidad presidiaria y las demandas de sus usuarios.
Dentro de un conjunto mayor de posibilidades, Ultramari et al (2025) discute dos relaciones posibles entre estructuras carcelarias y ciudad: la permeabilidad geográfica y la permeabilidad espacial ou urbana e a permeavilidade arquitetionica urban. La primera se origina en prisiones relativamente aisladas de su entorno, de su carácter generador de atracción de diferentes visitantes y funcionarios y con distintos diseños de acceso vial; la segunda resulta de estructuras más o menos singulares en el paisaje, más o menos visibles desde su exterior. Para el primer tipo de permeabilidad es posible citar el trabajo de Marchetti y Combessie (1996), el cual ya anunciaba una tendencia de alejar cada vez más las estructuras de presidio fuera de las manchas urbanas más densas, imponiendo dificultades de acceso a familiares, a la operación del sistema, elevando sus costos de mantenimiento, afectando aspectos psicológicos de los presos y su transporte a tribunales. Para el segundo tipo de permeabilidad es posible recurrir a Vessella (2020: 76), quien propone una arquitectura de prisiones que “would recall the least possible a detention centre”, interactuando en su contexto por su necesaria reducida presencia visual. En otro tipo de relación de permeabilidad, queda claro que las prisiones no pueden ser consideradas instituciones “totales”, elementos descontextualizados o aislados de su entorno urbano y de la sociedad. La misma conclusión puede ser referenciada en Foucault (2009), para quien las estructuras penitenciarias son objetos de disputas y de entendimientos múltiples, que involucran agentes sociales, definición de territorios, intereses institucionales, un marco legal, hábitos sociales, así como políticas públicas y de gobierno.
Para el caso brasileño, la década de 1990 parece haber sido una inflexión importante en la relación entre estas estructuras y sus espacios urbanos. Como se caracterizó por una inédita ola de rebeliones y masivos intentos de fuga, así como por el debate y aprobación de la Ley Federal de Crímenes Hediondos –la cual agravaría la ya reiterada superpoblación de las prisiones (Redígolo, 2012)–, el Estado optó por una intensa política de descentralización.
Con esto, las ciudades del interior en Brasil participan de un proceso de atracción y rechazo a la implantación de prisiones, agregando cuestiones a la planificación y gestión urbana aún carentes de la debida referencia legal. Idealmente, la preocupación por el debate comunitario, el impacto social, ambiental, urbanístico y las finanzas municipales a partir de nuevos equipamientos públicos de gran o mediano porte en sus territorios, formarían parte de la práctica de muchos municipios del país.
Cuando las prisiones de municipios de porte medio del interior se localizan en áreas rurales o en municipios pequeños, para atender sus propias demandas urbanas, demuestran una aceleración de la urbanización, como vectores de crecimiento, dinamizando la economía local en niveles porcentuales elevados, pero también implantando desigualdades espaciales hasta entonces no evidentes.
SISTEMA PENITENCIARIO, NÚMEROS Y DISTRIBUCIÓN ESPACIAL
En términos de población carcelaria, Brasil se destaca internacionalmente por sus números y también por las condiciones de su población interna. Junto con México y Argentina, se encuentra entre los países con las más altas tasas de encarcelamiento del mundo. Estados Unidos está en primer lugar, con 531 presos por cada cien mil habitantes, Brasil está en tercer lugar, con 389/100 mil hab.; Argentina en el décimo, con 227/100 mil hab.; y México en decimoquinto lugar, con 175/100 mil hab. (Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de Argentina, 2023).
Brasil cuenta con 1392 estructuras carcelarias, distribuidas en todos los estados, pero con una concentración en Minas Gerais, São Paulo, Rio Grande do Sul y Paraná (CNMP, 2021). Esta distribución no corresponde exactamente a los estados más poblados, pero sí sugiere una territorialización resultante de negociaciones específicas e intereses locales, clasificadas por la legislación federal brasileña en establecimientos penales que se destinan distintamente al condenado, al sometido a medida de seguridad, al preso provisorio y al egreso. Esta clasificación determina características arquitectónicas diferentes y establece las principales características de cada uno. En términos de la distribución espacial en el territorio nacional, parece haber una estrategia de distanciamiento de los mayores centros urbanos del país y de una tendencia de disposición hacia el interior, es fácil constatar la inexistencia de tales estructuras en las grandes capitales y la distribución espacial heterogénea dejando grandes regiones sin cobertura.
A partir de los años 2000, una nueva legislación federal determinó que la Unión podría construir cárceles en lugares distantes de donde se dicta la condena, más allá del interés de la seguridad pública local y de la del propio condenado. Se tiene ahí la primera directriz para la distribución territorial de estas estructuras: lejos de los grandes centros urbanos, ya sea para garantizar la distancia de los principales lugares de ocurrencias criminales que importan a la seguridad nacional, ya sea por cuestiones de operación y seguridad. Con eso se constituyó una estructura legal, técnica y operativa para las prisiones de máxima seguridad en el país. Las unidades, todas con capacidad para aproximadamente doscientos presos, proyectadas para tal fin, que pueden tener sus propósitos revisados y actualizados como resultado de cambios operativos y estratégicos, son seis: 1) Penitenciaría Federal de Brasília, distrito federal, en el centro del país; 2) Penitenciaría Federal de Campo Grande, en Mato Grosso do Sul, región centro-oriental; 3) Penitenciaría Federal de Catanduvas, estado del Paraná, en el sur del país; 4) Penitenciaría Federal de Charqueadas, estado del Río Grande del Sur, en el sur del país; 5) Penitenciaría Federal de Mossoró, Río Grande del Norte, en el nordeste; y 6) Penitenciaría Federal de Porto Velho, Rondônia, estado en el norte del país. En general, la ubicación de estas seis estructuras se concentra en las regiones más densas del país; sin embargo, se encuentran en municipios de baja población, en áreas aisladas de sus centros urbanos, pero con importantes flujos de mercancías y personas, actuando como vectores de atracción para la expansión de otros usos urbanos.

La ubicación de las cárceles de máxima seguridad en el territorio nacional, de inmediato, confirma la hipótesis que adoptamos en nuestra investigación: de que corresponde a una determinación estrictamente exógena a los intereses locales. Si, por un lado, responde a una demanda más grande de ocurrencia en donde la densidad es más alta y cercana a las metrópolis del país, poco se articula estratégicamente con la realidad territorial local. Los análisis que siguen confirman la hipótesis.
NOTA METODOLÓGICA
Para el estudio comparativo entre las prisiones seleccionadas investigamos la siguiente información: 1) las dimensiones intramuros, es decir, al terreno y las edificaciones de las prisiones; 2) los usos contiguos a los terrenos de las prisiones, la proximidad al área urbana y las relaciones de dependencia con centros urbanos en un radio de 100 km; y 3) el entendimiento de las directrices territoriales de los respectivos planes directores municipales.
Las delimitaciones de terrenos y edificaciones se realizaron manualmente, mediante la interpretación de imágenes de Google Earth. El área de la edificación incluye los patios internos, lo que siempre representa un porcentaje significativo del total. Los bordes de los terrenos están siempre ocupados por una franja de seguridad no edificable y, por lo tanto, no utilizada. Los datos referentes al terreno, proyecto arquitectónico, y operación fueron obtenidos del Ministerio de Justicia y Seguridad Pública del Brasil / Secretaria Nacional de Políticas Penales, órgano responsable de la creación y manutención del sistema nacional de cárceles. Para el análisis de los usos alrededor de las cárceles igualmente utilizamos las imágenes más recientes de Google Earth para cada cárcel, las cuales fueron ubicadas manualmente.
En términos de los planes directores –considerado el documento más estratégico desde el punto de vista de políticas públicas territoriales de los gobiernos locales en Brasil– analizamos los planes que están en vigor y los inmediatamente anteriores. A partir de esas fuentes, establecimos un procedimiento analítico cualitativo, pero regulado por datos cuantitativos referentes a dimensiones, distancias, manchas urbanas y preocupaciones explícitas técnicas y legales respecto de estructuras exógenas de máxima seguridad en el territorio municipal. La pregunta que condicionó los análisis se refiere a las relaciones entre la cárcel y la mancha urbana local, la identificación de potencialidades territoriales perdidas y la fragilidad de las estrategias territoriales locales.
INTERESES EXÓGENOS Y PÉRDIDA DE POTENCIALIDADES
En términos de análisis intramuros –como era de esperar–, las edificaciones ocupan un área “aislada” en el interior de sus terrenos, en aproximadamente 50%, incluso sin descontar los extremos del Complejo de Brasilia (16%). Esto significa la exigencia de terrenos de grandes dimensiones, poco disponibles en áreas más densas, y con una tasa de ocupación baja. Tal hecho ayuda a explicar el movimiento más reciente de instalación de estas grandes estructuras de seguridad en municipios menores y aún con mayor stock de áreas disponibles. Con un promedio de más de 200 mil m² de área de lotes –la Penitenciaría Federal de Campo Grande, Brasil, con 61 mil m², es la de menor dimensión–, tales complejos de seguridad componen la trama urbana como grandes compartimentos en medio de un entorno densificado –más raramente– o se aglutinan a otros compartimentos con extensiones similares, sobre todo otras estructuras de reclusión. En ambos casos, conforman áreas urbanas sin fluidez urbana, con reducida o inexistente relación comunitaria o social, así como con restricciones al uso por peatones y baja dinámica inmobiliaria. En todos los casos, son clústeres, ya sea por sus necesidades específicas de seguridad, así como por decisiones proyectuales que los configuran como estanques en la trama urbana, reduciendo el interés del mercado inmobiliario privado, pero alertando sobre compromisos del Estado para políticas de uso del suelo específicas, pensadas precisamente para estos contextos.
La construcción de extensos y altos muros para garantizar la seguridad genera espacios con muy baja circulación peatonal, bloqueos paisajísticos y quizás lo más importante, carentes de espacios intersticiales entre las cárceles –o entre estas y la trama urbana– destinados a usos públicos de esparcimiento ambiental. De hecho, en ninguno de los casos se observa la existencia de un plan maestro ni de una legislación de uso del suelo que pueda mitigar los daños e impactos que dichas cárceles imponen.
| Población de la municipalidad (personas) | ![]() |
| Distancia de la mancha urbana (km) | ![]() |
| Inicio de la operación (año) | ![]() |
| Penitenciaría Federal de Porto Velho | Penitenciaría Federal de Mossoró | Penitenciaría Federal de Charqueadas |
|---|---|---|
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| Ubicada en zona rural, completamente alejada de la mancha urbana. | Ubicada en zona rural, pero presionada por la expansión urbana cercana. Sin planes de ordenación territorial definidos. |
Ubicada en zona rural y vecina de otras estructuras de cárcel, marcadas en la viñeta de la figura. A pesar de la existencia de este conglomerado carcelario, no cuenta con planes de ordenación territorial definidos. |
| Penitenciaría Federal de Brasília | Penitenciaría Federal de Campo Grande | Penitenciaría Federal de Catanduvas |
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| No obstante de estar cerca del área urbana (en su derredor), es parte de un gran compartimento urbano destinado a estructuras penitenciarias, con una zonificación muy clara para este uso. Acceso por vía urbana. |
Ubicación cercana al área urbana, confirmando un uso rural bajo presión para transformaciones por usos que demandan grandes terrenos: otras estructuras de presidio, frigorífico de gran escala y relleno sanitario (en finalización de sus actividades). Sin planes de ordenamiento territorial definidos. |
Situada en zona rural bajo presión de la ocupación urbana, la cárcel ha generado un vector de crecimiento urbano en su dirección, con indicios de ocupación en terrenos privados colindantes que alteran el patrón de ocupación. Sin planes de ordenación territorial definidos. |
| Municipalidad y su plan director. | ¿Menciona la penitenciaría como estructura de impacto? | ¿Establece parámetros urbanísticos específicos? | ¿Está ubicada en el interior de una zona urbana? |
|---|---|---|---|
| Porto Velho, Plan Director de 2021. | No. | Sí. Establece el “Área Especial de Segurança Pública”, constituida por el terreno de la cárcel, en el cual solo se permiten los usos relativos a ese interés principal o a sus asociados. |
No. |
| Mossoró, plan director de 2006 y proyecto de ley para el nuevo plan de 2024. | Sí. La legislación clasifica las cárceles como servicios generadores de impacto, pero no regula los documentos técnicos, mitigaciones o compensaciones necesarias. |
No. | No. |
| Charqueadas, plan director de 2006 y proyecto de ley para el nuevo plan director de 2024 | Sí. En el diagnóstico, se destaca la importancia de realizar Estudios de Impacto Vecinal, pero eso no fue el caso de la cárcel federal. |
No. | No. |
| Brasília, plan director de 2009 con cambios posteriores. | No. | No. | No. |
| Campo Grande, planes directores de 2018 y de 2023. | No. | No. | No. |
| Catanduvas. Plan director de 2024. | Sí. El diagnóstico menciona que no se realizarán estudios de impactos ambientales para la implantación de la cárcel. |
Sí. La legislación propone la Zona Especial de Penitenciaría Federal (ZEPF), prohibiendo cualesquiera otros usos. |
No. |
De modo muy general, las estructuras analizadas se muestran aisladas de la mancha urbana de los municipios que las contienen. Esto implica la constitución de grandes vacíos y la consecuente subutilización de infraestructuras y servicios en los intersticios por ellas creados. Tal hecho afecta también la posible constitución de vectores de crecimiento de la mancha urbana en dirección a estas estructuras, sin embargo, no se cuenta en el plan director con la definición de usos del suelo que ahí se quiere ni con políticas públicas que incentiven determinados usos que podrían aumentar la diversidad funcional de estas áreas urbanas.
De modo general, tales estructuras se localizan a los márgenes de carreteras o vías expresas, asegurando acceso directo y rápido al mundo “exterior”. Tal acceso, sin embargo, es pensado a partir de estrategias de seguridad y no de estrategias urbanas. La distancia de las estructuras presidiarias de la mancha urbana implica, además de alteraciones en la dinámica del municipio, implicaciones en la vida de las familias de los penados, con mayores dificultades para las visitas (Chaves e Valentin, 2021: 19).
De los seis casos estudiados, solo la Penitenciaría Federal de Porto Velho se encuentra en un área completamente rural y, de acuerdo con la población y la mancha urbana del municipio, es improbable la contigüidad futura con esta (distante a 37 km). Mossoró (8 km) y Charqueadas (6 km), en situación intermedia, revelan una situación similar. En los tres otros casos, el entorno se caracteriza como periurbano, con alguna resistencia de usos aún rurales, mezclando usos diversos; o residenciales esparcidos, formando mosaicos incompletos, o con grandes estructuras, como otras prisiones, rellenos sanitarios y unidades agroindustriales. Este es el caso de las cárceles de Brasilia (1,3 km), Campo Grande (1 km) y Catanduvas (400 m) (Figura 2).

Si bien, en ninguno de los casos se confirma el contacto de las cárceles con la mancha urbana, en algunos casos, más que en otros, se identifican vectores del crecimiento urbano más consolidados en dirección a esas estructuras de prisión. Así se confirma la característica de atracción de este tipo de gran proyecto urbano sobre procesos “espontáneos” de expansión demográfica y espacial. A reserva de una generalizada inclusión en área rural y de un fuerte aislamiento de la construcción y del terreno, lo mismo en distancias más largas, las carreteras de conexión entre las cárceles y el área central de los municipios (a excepción de Brasilia, todos son pequeños demográficamente) se consolidan como un eje importante de flujo de servicios, mercancías y consecuentemente, de nuevas ocupaciones.
En ninguno de los casos es posible identificar planes de ordenamiento territorial a nivel macro o incluso directrices viales específicas que hayan antecedido a la determinación de implantación de las referidas unidades de las cárceles. Eso significa una acomodación territorial con transformaciones en parcelas, sin directrices viales específicas y, lo más importante, sin considerar la posible oferta de terrenos para uso público o de conservación ambiental en sus entornos inmediatos.
En síntesis, lo que se tiene, en los seis casos, son grandes proyectos urbanos, de iniciativa estatal, en alianza con los gobiernos locales responsables por el ordenamiento de sus territorios, con implicaciones negativas en las relaciones establecidas. Al mismo tiempo que tales impactos son visibles, como, por ejemplo, con la creación de extensas barreras de aislamiento que no permiten fluidez entre zonas o sectores urbanos o incluso integración con el resto de la ciudad, el escenario sugiere que no se han aprovechado las oportunidades creadas por la propia acción del Estado. Este agente, con potencial control e incluso propiedad de áreas en el entorno de las estructuras de cárcel o con el deber estratégico de actuar sobre un mercado de tierras que puede ser favorable, actúa tan solo puntualmente y de modo desconectado.
Ese análisis resulta de la lectura de los planes directores municipales, de sus documentos técnicos de diagnóstico y de las leyes que de ellos emanan. En ninguno de los seis casos, los planes directores contienen análisis y propuestas estratégicas respecto de las cárceles o de cualquiera otro gran proyecto para los municipios. Hay, en términos de legislación, solo dos casos (Catanduvas y Campo Grande) que determinan zonas específicas para sus cárceles. Todavía, tales zonas no traspasan los límites de los terrenos de las propias cárceles, con implicaciones en la delimitación para su futuro crecimiento. De la parte del gobierno central –el nivel gubernamental que, de hecho, decide la geografía de las cárceles de máxima seguridad en el país–, la decisión resulta de una estrategia de distribución en el territorio brasileño y eventualmente de oferta de terrenos de gobiernos locales para recibir a las cárceles. En medio de esos intereses de cada uno de los lados, resta un gran vacío de estrategias territoriales y de políticas públicas perdidas.
CONCLUSIONES
Primero, como externalidad referente a nuestro interés principal, la elaboración de este artículo confirmó, además de los escenarios construidos por las estructuras de seguridad seleccionadas, un reducido volumen de investigaciones académicas sobre los aspectos de localización de estructuras de seguridad. La búsqueda de referencias para el caso brasileño e internacional se confirmó muy limitada a la salud de los detenidos, a la observancia de los derechos humanos, a relaciones entre el proyecto arquitectónico y la operación de la cárcel, los costos de mantenimiento, sus impactos ambientales, o el mismo propósito y resultados del sistema de cárceles para la reducción del crimen o de la recuperación social de sus usuarios.
Los estudios de viabilidad de localización, cuando están disponibles en términos de artículos, priorizan el interés de la seguridad, de las facilidades para las actividades diarias de las cárceles y del costo de su operación. Esa carencia temática sugiere que igualmente es frágil el proceso de definición gubernamental para la selección de áreas para albergarlas, en medio de una inexistencia de estudios regionales e intraurbanos previos. Moran et al. (2022: 10), al referirse al contexto de Gran Bretaña, atestiguan que, ante la absoluta falta de datos de investigación, la determinación de áreas para la implantación de prisiones, sean ellos de seguridad máxima o no, prioriza tan solo el valor de la tierra, la facilidad de accesos y –parámetro aún por ser confirmado como válido– el estímulo a la economía local. “Beyond the presence of appropriate infrastructure, the nature of the intended prison locality itself is rarely considered3”. Un escenario similar es confirmado para el contexto brasileño aquí adoptado. Además, si los estudios previos y de territorio son limitados desde el punto de vista local, más rara es la visión estratégica para la identificación de oportunidades. En los seis casos estudiados, el interés local se construyó sobre beneficios muy limitados o provincianos.
Los casos estudiados en este artículo sugieren la pérdida de posibles externalidades intrínsecas de grandes proyectos urbanos de iniciativa pública: la de transformar positivamente grandes áreas urbanas a partir de intervenciones de interés gubernamental o de necesidades básicas de la población. En ninguno de los casos es posible observar una política de tierras para fines de uso público, apropiándose –en el interés de la población del municipio– de eventuales pérdidas de valor inmobiliario de terrenos vecinos a estas estructuras carcelarias o de posibles incomodidades que alejen inversiones privadas. El extenso trabajo de investigación desarrollado por jaakkola (2019), en Holanda, por ejemplo, confirma que los valores de inmuebles en un radio de hasta 300 m de las estructuras de prisión inducen a la pérdida del valor de los inmuebles, independientemente del perfil de los penados o del nivel de seguridad que ellas tengan. De hecho, de modo general, la literatura ha afirmado que las prisiones son estructuras indeseables por la comunidad urbana de sus entornos (véase, por ejemplo, Schively, 2007 y Takahashi, 1998), sin embargo, resulta relevante priorizar la investigación sobre potencialidades territoriales.
A pesar de que las estructuras carcelarias de gran porte implican la identificación de incomodidades por parte de habitantes originales en sus entornos, ellas siguen atrayendo la ampliación de manchas urbanas. Sin embargo, tal atracción no significa necesariamente la implantación de territorios idealizados. Calderón (2022) entiende que tales estructuras presentan síntomas asociados al crecimiento urbano, no obstante, comúnmente con ocupaciones irregulares y degradaciones ambientales. Para este autor, la falta de políticas territoriales claras convierte grandes sectores urbanos en espacios de oportunidad para la ocupación por población vulnerable, ofreciendo espacios más baratos para vivienda, pero al mismo tiempo imponiendo niveles urbanísticos y paisajísticos de baja calidad.
Al final de este artículo, es posible proponer una ampliación conceptual de la geografía carcelaria, tal como fue pensada por Moran (2015) y definida como el conjunto de referencias: 1) a la naturaleza y experiencias en el interior de los espacios carcelarios; 2) a las características espaciales de estos espacios; y 3) a las relaciones entre el sistema carcelario, las estructuras sociales y la organización de un estado punitivo. Nos parece importante en el entendimiento de la geografía carcelaria la inclusión de parámetros territoriales, urbanos, intraurbanos y regionales. Al poder público responsable por ellas le cabe la determinación de una localización estratégica de las estructuras penitenciarias y la combinación de esta elección con políticas de espacios públicos o de otros usos de la tierra que puedan reducir o incluso eliminar las externalidades negativas eventualmente causadas por tales estructuras.
Además de las particularidades de los impactos territoriales de estructuras penitenciarias, nuestra investigación permite explorar la importancia de políticas de tierras y de zonificación de los gobiernos locales de modo general. El presupuesto de nuestro análisis se estructura específicamente sobre la capacidad de estos gobiernos de trabajar a favor de una ocupación del territorio que permita logros ambientales, sociales y económicos. Por el contrario, la misma capacidad puede reducir impactos negativos o mínimamente para la pérdida de oportunidades. Preocupado con los resultados potencialmente perjudiciales de una legislación urbana de uso del suelo, Gorey afirma que “… in America’s cities, much of the pain of the past century arose from carefully planned decisions that were meticulously mapped out in advance4” (Gorey, 2023). En vista de la privación de potencialidades, nuestro estudio de caso parece contestar el entendimiento de Babilonia et al. (2018: 3) que afirma la existencia de una planificación urbana estratégica fortalecida en Latinoamérica a partir de los años 2000, volviendo a colocar “al diseño y la planificación urbana, que habían tenido un periodo de letargo, como una respuesta válida y concreta a los dilemas de los asentamientos urbanos”. Del mismo modo, nuestro estudio sugiere la reevaluación de la forma y propósito del largo y costoso proceso de valorización de la planeación municipal a partir de los años 2000 en Brasil. Con una fuerte legislación federal, estatal y municipal, el Plan Director se ha tornado el instrumento definitivo de transformaciones deseadas para los territorios urbanos. Su realización a partir de regulaciones que obligan una revisión cada diez años señala una consolidación de antiguas luchas sociales y ambientales, pero demuestra una debilidad en términos de estrategias para la materialización de oportunidades.
NOTAS
- Es lógico que los investigadores se centren en comprender las diferentes facetas, dimensiones y complejidades de los patrones y procesos que subyacen a las desigualdades urbanas (traducido por los autores).
- La realización del programa [tendrá] la ventaja de dotar a los barrios que rodean las prisiones suprimidas […] de una fisonomía más agradable (traducido por los autores).
- Más allá de la presencia de una infraestructura adecuada, la naturaleza de la localidad prevista para la prisión rara vez se considera (traducido por los autores).
- … en las ciudades de Estados Unidos, gran parte del dolor del siglo pasado surgió de decisiones cuidadosamente planificadas que fueron meticulosamente trazadas de antemano (traducido por los autores).
AGRADECIMIENTOS
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Cuaderno Urbano Nº43 | Año: 2026 | Vol. 43
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